Desafortunadamente no resultan infrecuentes las
negligencias médicas que acontecen en centros medico-sanitarios privados. En lo que concierne a las
mala praxis médicas acontecidas en hospitales, clínicas y sanidad privada hay que tener en cuenta que la vía a seguir para la petición del resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados es la vía civil, en la cual podremos optar por la reclamación por responsabilidad contractual o extracontractual.
Y así lo establece la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2008: ” Se produjo, añade la sentencia citada, "un concurso de acciones" en este caso por responsabilidad concluido con el Hospital, y extracontractual respecto a los profesionales con quienes la recurrente no contrató.
Los actores podían optar entre una u otra acción y así lo hicieron, eligiendo ejercer la acción por la responsabilidad contractual, pero cada una de ellas tiene su plazo de prescripción propio. La primera prescribe a los 15 años, conforme al artículo 1964 del CC . La segunda, prescribe al año, como todas las obligaciones que se fundamenta en la responsabilidad aquiliana del artículo 1902 de Código Civil , por lo que la opción se produce con todas sus consecuencias.”
Si bien en la sentencia dice que el plazo de prescripción es de 15 años, resulta que no es así en la actualidad debido a la reciente reforma del Código Civil, mediante el cual dicho plazo pasa a ser de 5 años.
Pues bien usted podrá optar por cualquiera de las vías teniendo en cuenta que el plazo para el ejercicio de la acción cambia en función de la vía a elegir, siendo el plazo de un año para el caso de la responsabilidad extracontractual y de 5 para la contractual.
De todas formas cabe tener en cuenta, que nuestro equipo de profesionales, si usted así lo desea, tratará de llegar a un acuerdo extrajudicial con la aseguradora del hospital o clínica privados, para así ahorrar costes procesales, y por supuesto tiempo.
Si usted cree que ha sufrido cualquier tipo de negligencia , mala praxis o vulneración de algún tipo de
lex artis ad hoc en un hospital privado no dude en contactar con nosotros.
Nuestro equipo de abogados especialistas en negligencias médicas en clínicas u hospitales privados junto a nuestros
peritos colaboradores se pondrán a su disposición para asesorarle en todo lo necesario para que obtenga el resarcimiento de los daños ocasionados por la actuación eventualmente negligente del personal sanitario que actuó sobre usted, su familiar o amigo.